
Asturias, Decreto 54/2016 para regularizar el uso de desfibriladores externos
Decreto BOPA 54/2016, normativa uso de desfibriladores en entornos extrahospitalarios
El Principado de Asturias acaba de publicar en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) el reciente Decreto 54/2016, de 28 de septiembre, por el que legisla sobre la instalación y uso de los desfibriladores externos automáticos DEA, y semiautomáticos DESA por personal no médico en entornos no hospitalarios.
Este Decreto lo que pretende es regular en el Principado, no solo la instalación y el uso de los desfibriladores, sino la obligatoriedad de que en determinados establecimientos e instalaciones, tanto públicos como privados, y según la capacidad de personas que circulan o que son capaces de albergar, sea obligatoria tanto la instalación, como la formación de parte del personal de dichas instalaciones en Reanimación Cardio Pulmonar (RCP), el mantenimiento preventivo de los dispositvos desfibriladores, así como ell correcto uso de los desfibriladores externos por personal no sanitario en entornos extrahospitalarios ante situaciones de muerte súbita.
Con el Decreto 54/2016, de 28 de septiembre, el Principado de Asturias se convierte en la quinta Comunidad Autónoma en legislar y dictar una normativa que regula en materia de cardioprotección en su territorio, al respecto de la instalación de desfibriladores externos automáticos y semiautomáticos, la formación del equipo del personal que se va a encargar de la situación ante un posibe caso real, y del correcto y periódico mantenimiento preventivo de los equipos de cardioprotección, para garantizar su buen funcionamiento ante un caso real, y estar siempre a punto, tanto desfibriladores como el personal formado, para salvar vidas.
DECRETO 54/2016, de 28 de septiembre, por el que se regula la instalación y la utilización de desfibri ladores externos fuera del ámbito sanitario, así como la formación y acreditación de las entidades formadoras para este uso.

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